Más de 60 dirigentes sociales de Ñuble se capacitaron para postular al Fondo Solidario de Elección de Vivienda
A través de una videoconferencia más de 60 dirigentes sociales de Ñuble fueron capacitados en la postulación al Fondo Solidario de Elección de Vivienda (DS49).
El seremi de Gobierno, Raúl Martínez, el director de Serviu regional Alvaro Pinto y el encargado de la División de Organizaciones Sociales (DOS), Gustavo Aguayo, despejaron dudas de los dirigentes en torno a este subsidio que está dirigido a las familias más vulnerables de la región y del país.
En la capacitación el director del Serviu, Alvaro Pinto, explicó que el DS49 “es un programa muy sentido por la ciudadanía en la cual la adquisición de una vivienda nueva o usada puede ser obtenida a través de un ahorro más un subsidio, sin necesidad de tener un crédito hipotecario”.
En esta línea el seremi Raúl Martínez señaló que la idea de estas capacitaciones en materia de vivienda es ir “aprovechando las opciones que entrega nuestro gobierno para despejar interrogantes, fortalecer la información y brindar mayor acceso en un mismo espacio virtual a dirigentes de sectores alejados de la región. Muchas veces se les hace difícil acceder a información en contexto de pandemia y nuestra tarea es acercar los servicios a los vecinos”, acotó.
En esta línea el director de Serviu añadió que “son instancias que vamos a seguir fortaleciendo porque la información y el acceso a todos los que son programas, beneficios y a los subsidios de mejoramiento o de vivienda nueva o de pavimentos participativos, entre otros, son muy requeridos por la ciudadanía”.
¿A quién va dirigido el DS49?
Personas chilenas o extranjeras mayores de 18 años que cumplan los siguientes requisitos:
Postular con un núcleo familiar, el cual debe estar acreditado en el Registro Social de Hogares; Tener el ahorro mínimo de 10 Unidades de Fomento (UF) acreditado en la fecha que corresponda (según el mes en que postulen); Ser titulares de la cuenta de ahorro para la vivienda (no puede ser el cónyuge o conviviente civil y debe tener una antigüedad mínima de un año); Pertenecer al tramo del 40% de la población con menos recursos, de acuerdo a la calificación socioeconómica establecida en el Registro Social de Hogares; No poseer una vivienda ni ser beneficiarios de otro subsidio habitacional.