Presidente Piñera promulga dos leyes: Nuevo IFE y Beneficio para trabajadores independientes
Dos nuevas leyes fueron promulgadas hoy por el Presidente Sebastián Piñera con el fin de poder fortalecer y reforzar el apoyo a aquellas familias que más lo necesitan y a los trabajadores independientes del país que se hayan visto afectados por la crisis sanitaria, ambas dentro de la creación de una Red de Protección Social.
La primera ley promulgada entrega una mayor cobertura y nuevos montos en el Ingreso Familiar de Emergencia (IFE), la cual llegará al 80% de los hogares de mayor vulnerabilidad al corto plazo y permitirá la complementariedad con otros beneficios existentes en tiempos de pandemia.
El nuevo Ingreso Familiar de Emergencia, parte del acuerdo transversal promovido por el Presidente por la protección social y la recuperación del empleo, cambia su diseño para actuar como un complemento a los ingresos actuales del grupo familiar. Esto abarca tanto a hogares que no tienen ingresos formales como a los que tienen algunos ingresos formales e incluye a familias con otros beneficios como la ley de protección del empleo, el seguro de cesantía, el apoyo a trabajadores independientes y a las personas que cobran pensiones contributivas y no contributivas.
El beneficio será tanto para hogares sin ingresos formales como para aquellos que tienen ingresos formales por debajo del umbral establecido. Lo anterior, mantiene el monto máximo del beneficio durante los próximos dos pagos (segundo y tercer aporte), quedando el siguiente monto (cuarto) del 80% o 100% sujeto a las condiciones económicas y sanitarias.
La ley aumenta el beneficio del Ingreso Familiar de Emergencia de $65.000 a hasta $100.000 por persona, en caso de no contar con ningún ingreso formal. De esta manera, el ingreso de una familia de cuatro personas aumentará de $260.000 a $400.000. En caso que la familia tenga ingresos formales, el beneficio será lo que le falte para alcanzar el umbral de $100.000 por persona.
Además, se aumenta la cobertura del 60% al 80% de mayor vulnerabilidad en el corto plazo.
Cabe destacar que el monto destinado a cada familia nunca será revisado a la baja: una vez que una familia reciba el beneficio, su monto se mantendrá estable por todo el tiempo que dure el aporte, y sólo será revisado en caso de que su situación socioeconómica empeore.
“Es un esfuerzo importante y parte de un gran acuerdo que muestra voluntad política para lograr avanzar en el apoyo a tantas familias que están pasando por una situación complicada producto del coronavirus. Nadie quedará solo enfrentando las consecuencias de esta pandemia”, señaló el Intendente Martín Arrau.
La segunda ley promulgada busca proteger los ingresos de los trabajadores independientes del país que han visto afectados sus ingresos producto de la pandemia. Su fin es poder apoyarlos y entregarles la liquidez que necesitan para hacer frente a la contingencia.
El beneficio consiste en una entrega mensual de dinero hasta por tres meses (continuos o discontinuos), donde la iniciativa es progresiva, pues garantiza mayor cobertura a los trabajadores de menores ingresos que emiten boletas de honorarios, y establece un tope de beneficio para aquellos de mayores ingresos.
Este subsidio cubrirá un 70% de la caída de ingresos por boleta de honorarios para aquellos trabajadores con rentas promedio iguales o inferiores a $320.500; de 50% para aquellos trabajadores con rentas promedio mayores a $320.500 y menores o igual a $400.000; y de 40% para aquellos trabajadores con rentas promedio mayores a $400.000 y menores o iguales a $500.000. En todos estos casos, el tope de subsidio será $100.000 mensuales.
Además, el trabajador podrá solicitar un crédito con tasa real cero, con un año de gracia, y tres años para pagar, por el remanente hasta completar el 70% de la caída de ingresos por boleta.
Requisitos para postular al beneficio de trabajadores independientes
Para acceder al beneficio hay que haber emitido boletas de honorarios en por los menos tres meses –continuos o discontinuos– de los 12 anteriores al 1 de abril de 2020; o haber emitido boletas en, por lo menos, seis meses dentro de los 24 previos. También es requisito que, en el mes respecto del cual se solicita el beneficio, los ingresos por boletas de honorarios hayan disminuido en al menos un 30% respecto del promedio mensual de dichas rentas obtenidas en los 12 meses anteriores al 1 de abril de 2020.
El trabajador debe solicitar su beneficio ante el Servicio de Impuestos Internos (SII), que será el encargado de verificar que cumpla con los requisitos de acceso. De ser así, el pago lo realizará el Servicio de Tesorerías dentro del plazo de 10 días hábiles desde la solicitud.