• noviembre 26, 2024
 ¿Cómo saber si debo (o no) pagar IVA en la venta de una propiedad?

¿Cómo saber si debo (o no) pagar IVA en la venta de una propiedad?

Muchas dudas en el ámbito legal son las que aparecen cuando se toma la determinación de vender la propiedad en la que alguna vez residimos. Desde los documentos a presentar hasta el pago o no del IVA (Impuesto al Valor Agregado).Justamente en este último punto aclararemos todas las posibles interrogantes con una serie de tips a considerar.

Para comenzar, el IVA solo se debe pagar si se es un vendedor habitual. Es decir, si estoy vendiendo la casa en la que vivo no se debe pagar este impuesto, ya que esta vivienda fue adquirida para su uso y no para la reventa, por lo tanto no se trata de un vendedor habitual.

Pero, ¿cómo sé si soy un vendedor habitual respecto de la propiedad que estoy vendiendo? Los vendedores habituales son aquellos que compran una propiedad con el único interes de revenderla y no para su uso residencial, o comercial, tales como empresas inmobiliarias o empresas que compran viviendas usadas para remodelarlas y luego venderlas.

En ese mismo contexto, se considera también como habitual la venta de una propiedad antes de un año de ser adquirida, contando la fecha desde su inscripción y la venta en el Conservador de Bienes Raíces.

Sin embargo, si la vivienda fue comprada para uso residencial, pero se decide a venderla antes de un año se debe indicar ante Notario a través de la Declaración Jurada. En ella se debe seleccionar la primera opción que explica que la venta u otra transferencia es efectuada por un vendedor «no habitual».

En ese sentido, para llevar a cabo el trámite de venta de la propiedad que no paga IVA se debe completar y presentar la ‘Declaración Jurada sobre venta de inmuebles no gravados o exentos de IVA» ante notario. Esta declaración se puede descargar de la página del Servicio de Impuestos Internos, en la sección «Ayudas», «Formularios», «Impuesto al Valor Agregado», opción «Declaración Jurada del Artículo 75 del Código Tributario». Cabe destacar que este mismo documento está a disposición en todas las notarías del país.

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